Portal de Transparencia
Asociación Lánzate
Normativa Aplicable
- Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias
- Ley 8/2014, de 28 de octubre, de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales.
- Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
- Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el deporte de Canarias.
- Protocolo para el acompañamiento al alumnado Trans* y la atención a la diversidad de género en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Protocolo de Atención Sanitaria a personas Trans*.
- Ley 2/2021, de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género, expresión de género y características sexuales
- Constitución Española.
- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
- Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio.
- Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida.
- Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.
- Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
- Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
- Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
- Resolución de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017.
- Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
- Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social.
- Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado
- Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI
- Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 10 de Diciembre de 1948.
- Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 4 de Noviembre de 1950.
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966.
- Directiva del Consejo 2000/78/CE, relativa al establecimiento de un marco general para la Igualdad de Trato en el empleo y la ocupación.
- Principios de Yogyakarta: Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos con relación a la orientación sexual y la identidad de género.
- Convenio sobre Ciberdelincuencia, de 23 de Noviembre de 2001.
- Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 12 de Diciembre de 2007.
- Resolución A/HRC/17/19, del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual, e Identidad de Género.
- Resolución nº 2048, de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, de 22 de abril de 2015, Contra la Discriminación de Personas Transexuales en Europa.
- El futuro de la lista de medidas sobre las personas LGBTI (2019-2024).
Información relativa a las funciones y competencias, al objeto social de la entidad
La Asociación LGTBI+ Lánzate Canarias es una Asociación ciudadana independiente de cualquier organización política, profesional o religiosa, creada sin ánimo de lucro, y que se fundamenta en su funcionamiento y actividades, en los principios de equidad, solidaridad y cooperación, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, religión, nacionalidad, condición social, orientación afectivo – sexual, identidad o expresión de género, o cualquier otra condición o circunstancia personal social, dentro de lo establecido en los presentes Estatutos y en la normativa vigente.
- Defender el derecho a la sexualidad, la orientación afectivo-sexual y la identidad y expresión de género como parte del conjunto indivisible de los derechos.
- Ser una herramienta de visibilización y reivindicación de la diversidad sexual y de género, potenciando valores como la escucha, el diálogo y el respeto, el desarrollo de actitudes solidarias y de convivencia en paz, con entendimiento mutuo independientemente de las orientaciones afectivo-sexuales, e identidad y expresiones de género, de cada cual.
- Potenciar y defender la diversidad, promoviendo la paz, la coexistencia y entendimiento mutuo entre etnias, sexos y culturas diferentes, al objeto de tender hacia una sociedad más libre y plural.
En especial:
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Trabajar por la plena ciudadanía, promoviendo la igualdad de trato, aceptación e integración social de todas las personas con independencia de su orientación afectivo-sexual y de su identidad y expresión de género, y en particular, el empleo y la inserción laboral de las personas asociadas y usuarias, como medio para luchar contra la exclusión social por razón de dichas circunstancias personales.
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Promover y defender los derechos humanos e intereses sociales de las personas asociadas y usuarias, así como por extensión, los de la comunidad de lesbianas, gays, trans, bisexuales, y en general, cualquier grupo que vea menoscabados sus derechos por razón de diversidad sexual o de género (en adelante, comunidad LGTBI).
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Promover y favorecer la participación activa de las personas asociadas y usuarias en las acciones de la Asociación, fomentando asimismo el voluntariado y su incorporación en aquellos planes, programas y actividades, que así lo requieran.
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Asesorar, formar e informar en cuantos temas se relacionen con los objetivos de esta Asociación, para lo que se establecerán los servicios pertinentes, haciendo especial hincapié en aquellas situaciones que por su especificidad o cualquier otra circunstancia generen exclusión social o riesgo de padecerla, como la condición de mujer, la edad, la discapacidad, el estatus migratorio o el estado serológico, entre otros.
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Fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de actuación de esta entidad, sean laborales, familiares, sociales, personales, educativos, etc., y en todos aquellos que en la esfera de competencia de la Asociación sirvan para integrar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de forma transversal.
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En general todos aquellos que en la esfera de competencias de la Asociación sirvan para una mayor y más eficaz defensa de los intereses de las personas asociadas y usuarias, y la mejora de las condiciones de vida de unas y otras en todos los órdenes.
Para el cumplimiento de sus fines la Asociación LGTBI+ Lánzate podrá realizar, a través de su Oficina Técnica, y recabando en su caso de personas físicas y jurídicas, en particular de instituciones públicas y privadas, cuantas ayudas fueren necesarias, las actividades correspondientes a su papel de entidad prestadora de servicios de intervención socio- comunitaria y socio-sanitaria (orientación, apoyo, asesoramiento y acompañamiento psicológico, intervención en el ámbito del VIH/Sida, asesoramiento y acompañamiento social entre otros), incorporando servicios a la comunidad como la formación y sensibilización de profesionales relacionadas con los ámbitos social, sanitario y educativo principalmente. A estos efectos la Asociación:
- Preparará, organizará, y en su caso, participará en los eventos necesarios a la consecución de los fines recogidos en los presentes Estatutos, y en particular, campañas de información y prevención de homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia, y la difusión por cualquier medio de información que guarde relación con la realidad.
- Desarrollará o promoverá actividades y proyectos relacionados con la prestación de servicios sociales en el ámbito de actuación de la entidad, incluidas aquellas relativas al ocio, entretenimiento, encuentro y recreo de personas asociadas, usuarias y simpatizantes, dentro de lo establecido en los presentes Estatutos y en la normativa
- Realizará actividades relacionadas con: interculturalidad, cooperación internacional, cultura, diversidad, feminismo, y todas aquellas que tengan relación directa con el colectivo
- Ejecutará cuantas tareas sean necesarias, encaminadas a promocionar o reivindicar las personas y la realidad LGTBI que no estén contempladas en los apartados anteriores, incluida la adquisición, por cualquier título válido en derecho, de los elementos materiales necesarios para llevar a cabo las actividades de la Asociación.
- En la preparación, desarrollo y organización de las actividades la Asociación podrá colaborar con organizaciones, fundaciones y asociaciones, tanto nacionales como extranjeras, públicas o privadas, que promueven y protegen los derechos humanos de las personas LGTBI, y en especial, aquellas que comparten los fines recogidos en los presentes Estatutos, y sin que ello suponga subordinación o dependencia que contradiga el ideario de la Asociación.
- Los beneficios eventualmente obtenidos por el desarrollo de las actividades de la Asociación, así como los derivados de la creación, composición, edición y distribución de cualquier tipo de publicaciones, impresas o digitales, en texto, imágenes, fotocomposiciones, discos, grabaciones fonográficas, etc., relacionadas con los fines de la Asociación, se dedicarán a realizar otras de la misma naturaleza, conforme a los fines
Organigrama
Conformada por todas las personas socias del colectivo. Desde este espacio se elige la Junta Directiva del Colectivo.
La Junta directiva la conforman presidenta, vicepresidenta, secretario, tesorera y vocal. En este espacio se reúnen las personas miembros de la Junta directiva y tres personas coordinadoras técnicas, para el debate y la toma de decisiones.
- Identificación y Nombramiento de la Junta Directiva
- PRESIDENTA: MONTSERRAT CEDRÉS CEDRÉS
- SECRETARIA: MARIA ROSA GONZALEZ LOPEZ
- TESORERO: LIONEL CURBELO GARCIA
a Junta Directiva es el órgano máximo de la Asociación y se encarga de la gestión y representación de la misma, de acuerdo con las disposiciones y directivas de sus Estatutos, aprobados en la Asamblea General. Los cargos son voluntariosy, tienen una duración de dos años, pudiendo ser reelegidos por períodos sucesivos. Las personas que forman la Junta Directiva no perciben retribución ninguna.
La actual Junta Directiva fue elegida en la Asamblea General, celebrada el 18 de diciembre de 2022.
Desde este espacio se realiza la coordinación del personal contratado por el colectivo. Se encarga de la presentación de proyectos y la supervisión de los servicios ofrecidos a nivel profesionalizado.
- Responsable de la entidad (Gerencia): Nahum Cabrera Betancort
- Grupos activistas
Lánzate se continúa fomentando la creación de espacios de encuentro de activismos LGTBI, que trabajan en generar un cambio social hacia una sociedad más cohesionada, justa y solidaria. De esta forma, no paran de emerger nuevos grupos de participación activista, dando respuesta a las nuevas realidades del colectivo LGTBI.
- Voluntariado
Conformado por personas voluntarias que realizan diferentes labores dentro de la entidad con el fin de colaborar en la labor social de la misma.
a Junta Directiva para alcanzar parte de los objetivos que persigue la entidad y poder prestar atención a las personas más vulnerable de nuestro colectivo, cuenta con un total de 7 personas trabajadoras, que se encuentran reguladas bajo el Convenio Colectivo de Acción e Intervención Social.
- Técnico de proyectos: Jhon Alfredo Pazmiño Huapaya
- Técnico de educación: Edgar Núñez Oncina
- Psicóloga: Rosa María Guisado Vicente
- Abogada: Emma Colau
- Trabajador social: Alex Perera Perdomo
- Técnico de Comunicación y Sistemas: Santiago Abreu Rancel
Puedes consultar sus retribuciones en el siguiente enlace.
Otros cargos y Unidades
La Asociación LGTBI+ LÁnzate no cuenta con órganos superiores directivos.
A nivel estatal forma parte de la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Trans y Bisexuales junto a otras 55 entidades independientes. En este espacio el Congreso Federal se establece como el máximo órgano de decisión. En ellos se elige el órgano de dirección, llamada Comisión ejecutiva. Los congresos federales tienen una periocidad trianual, por lo que para garantizar la transparencia y coordinación se realiza de manera semestral un Congreso Federal. Del mismo modo desde la FELGTB se cuenta con un Comité de Garantías y consultivo y comisiones permanentes de trabajo, compuestas por personas de los colectivos federados.
La Asociación LGTBI+ Lánzate no cuenta con altos cargos, ni tampoco con personal directivo.
Desde la Asociación LGTBI+ Lánzate contamos con una Unidad de Servicios de Atención Integral para la población LGTBI, sus familiares y entorno, denominada Gamá Imago. Desde ella se presta asesoramiento en materia de atención social, psicológica y sexológica, laboral, jurídica, promoción de la salud sexual, participación, comunicación y formación.
Por otro lado, desde el espacio de Coordinación técnica, bajo la supervisión de la Junta directiva se presentan diferentes proyectos e iniciativas a entidades públicas y privadas con el fin de atender desde otras perspectivas y con mayores recursos las distintas demandas de la comunidad LGTBI.
La Asociación LGTBI+ Lánzate no cuenta con personal eventual de confianza o asesoramiento.